VISTOS:
La firma forense TIMPSON Y ASOCIADOS, actuando en nombre y representación del señor LUIS ALTAMIRANDA BALOY y el licenciado ALFONSO FRAGUELA GONZALEZ, actuando en nombre y representación de la señora ROSA MARIA URRIOLA BERROCAL han interpuesto sendos recursos de casación contra la resolución de dos (2) de junio de 2003 dictada por el Tribunal Superior de Familia dentro del proceso de divorcio instaurado por LUIS ALTAMIRANDA BALOY contra la señora ROSA MARIA URRIOLA BERROCAL.
Ingresado el negocio a la Secretaría de la Sala Civil de la Corte y cumplidas las reglas de reparto, se fijó el negocio en lista a fin de que las partes alegaran en cuanto a la admisibilidad del recurso, término que solo fue aprovechado por una de las partes (fs.115-117).
Por tratarse de un proceso de familia se le corrió traslado del negocio al Ministerio Público por el término de tres (3) días, a objeto de que emitiera concepto sobre la admisibilidad del recurso. Así, la Procuraduría General de la Nación emitió la Vista Nº29, de 5 de noviembre de 2003, que corre de fojas 127 a 128 del expediente.
Consta en autos que el recurso se anunció y formalizó en tiempo, además que el mismo procede por razón de que se trata de un proceso de divorcio y la resolución que se impugna es recurrible en casación.
Por lo anterior, esta Sala de la Corte debe decidir acerca de la admisibilidad del recurso, previa su confrontación con los presupuestos establecidos por el artículo
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