LA FISCALÍA DECIMOTERCERA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMÁ APELA CONTRA EL AUTO FECHADO 21 DE MARZO DE 2002, POR EL CUAL SE SUSPENDE LA INSCRIPCIÓN DEL OFICIO NO.4201 DEL 13 DE NOVIEMBRE DE 2002, DICTADO DENTRO DEL PROCESO PENAL SEGUIDO A RICARDO LAWRENCE, FELIPE ESTRIBI Y GRACIELA ABREGO POR SUPUESTO DELITO CONTRA LA FE PÚBLICA EN PERJUICIO DE LA SOCIEDAD ROLLOS ESPECIALES, S.A Y EDMUNDO HERNANDEZ TREHANE INGRESADO BAJO EL ASIENTO 35092 DEL TOMO 2001 DEL DIARIO.

VISTOS:

La Directora General del Registro Público calificó como defectuoso y suspendió la inscripción del Oficio No. 4201 de 13 de noviembre de 2002 , mediante el cual la Fiscal Decimotercera del Primer Circuito Judicial de Panamá solicitó el secuestro penal de la finca No.13601 inscrita folio 588, tomo 375, actualizada al rollo 20793 documento 2, Sección de la Propiedad de la Provincia de Panamá.

El auto impugnado fechado 21 de marzo de 2002, es del tenor siguiente:

"Registro Público de Panamá, veintiuno (21) de marzo de dos mil dos (2002).

El presente documento se califica como defectuoso por lo siguiente:

1.Preséntese copia autenticada del Auto No.374 de 6 de noviembre de 2001 del Juzgado Tercero Penal del Circuito Judicial de Panamá.



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