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Artículo 90 - Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Legislativa

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 90. La Asamblea tiene un plazo de diez (10) días para la discusión y votación del Proyecto de Presupuesto en segundo debate.

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votoAsamblea Legislativa


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Artículo 91. En el tercer debate, se considera el Proyecto de Presupuesto en la forma ordinaria.

Ver artículo 91 de Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Legislativa

Artículo 92. En la discusión y aprobación del Presupuesto General del Estado se procederá conforme las disposiciones de la Constitución Política, del Código Fiscal y las demás que ordene este Reglamento y que no estén en pugna con aquéllas.

Ver artículo 92 de Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Legislativa

Artículo 93. Las sesiones serán ordinarias, extraordinarias, judiciales o especiales. El quórum estará constituido por más de la mitad de los miembros de la Asamblea Legislativa. Sin embargo, la Asamblea podrá iniciar la sesión, aprobar el orden del día y el acta anterior, así como discutir o debatir los asuntos sometidos a su consideración, con la presencia de la cuarta parte de sus integrantes.

Ver artículo 93 de Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Legislativa


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