Artículo 88 - QUE REFORMA LA LEY 37 DE 2009, QUE DESCENTRALIZA LA ADMINISTRACION PUBLICA, Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.
Ley 66 del año 2015
República de Panamá
Artículo 88. Esta Ley se aplicará también a las nuevas divisiones políticas territoriales, llámese corregimiento o distrito, que sean creadas con posterioridad a su entrada en vigencia.
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politicaAdministración Pública
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Artículo 89. Se derogan y quedan sin efecto todas las resoluciones que decretaron reavalúos catastrales sobre bienes inmuebles, llevados a cabo por la Dirección de Bienes Patrimoniales del Estado del Ministerio de Economía y Finanzas, con fundamento en las licitaciones abreviadas por mejor valor No.2010016008AV001134; No. 2010016008AV000384; y, 201001608AV001130, en los años 2012 y 2013, y publicados por edictos, así como las que son objeto de recurso de reconsideración y de apelación y las que se encuentren bajo la consideración de la Corte Suprema de Justicia o en alguna etapa procesal no ejecutoriada. También se derogan todas las resoluciones de avalúo suspendidas mediante la Resolución No.8070416413 de 20 de noviembre de 2013, emitidas por la Dirección de Bienes Patrimoniales del Estado del Ministerio de Economía y Finanzas y publicadas en Gaceta Oficial No.27,424A del jueves 28 de noviembre de 2013, con independencia de la etapa procesal en que se encuentren, así como los recursos o las acciones que se hayan interpuesto en contra de estas, incluyendo aquellos incoados sobre bienes inmuebles que estén pagando un nuevo impuesto de inmuebles con fundamento en dichos reavalúos.
Ver artículo 89 de Ley 66 del año 2015
Artículo 90. La Asamblea Nacional elaborará un texto, que se denominará Código Integrado de Régimen Municipal, el cual contendrá todas las disposiciones vigentes de la Ley 105 de 1973, la Ley 106 de 1973, la Ley 51 de 1984 y la Ley 37 de 2009, al igual que todas las reformas que se le han efectuado hasta la fecha y las disposiciones de la presente Ley, así como toda modificación previa a su aprobación. Este texto contendrá numeración corrida, que inicia por el artículo 1, e incluirá los elementos de técnica legislativa y de sistematización temática. Una vez preparado el Código Integrado de Régimen Municipal será adoptado mediante Resolución del Pleno de la Asamblea Nacional y publicado en la Gaceta Oficial.
Ver artículo 90 de Ley 66 del año 2015
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