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Artículo 86 - QUE REFORMA LA LEY 37 DE 2009, QUE DESCENTRALIZA LA ADMINISTRACION PUBLICA, Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.

Ley 66 del año 2015

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 86. El Programa Nacional para el Desarrollo Local (PRONADEL) estará adscrito a la Secretaría Nacional de Descentralización, que dispondrá de unidades técnicas a nivel provincial y comarcal para brindar asistencia, supervisión y acompañamiento en la ejecución de los aspectos operativos y financieros de los proyectos hasta que la Secretaría de Descentralización coordine su propia estructura administrativa y operativa. Capítulo V Disposiciones Finales

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Administración Pública


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Artículo 87. La Dirección Nacional de Gobiernos Locales, dependencia del Ministerio de Gobierno, pasa a integrar la Secretaría Nacional de Descentralización del Ministerio de la Presidencia y, posteriormente, a la Autoridad Nacional de Descentralización cuando esta se constituya. Todo el recurso humano y los activos asignados a la Dirección Nacional de Gobiernos Locales serán asignados durante 2015 a la Secretaría Nacional de Descentralización del Ministerio de la Presidencia.

Ver artículo 87 de Ley 66 del año 2015

Artículo 88. Esta Ley se aplicará también a las nuevas divisiones políticas territoriales, llámese corregimiento o distrito, que sean creadas con posterioridad a su entrada en vigencia.

Ver artículo 88 de Ley 66 del año 2015

Artículo 89. Se derogan y quedan sin efecto todas las resoluciones que decretaron reavalúos catastrales sobre bienes inmuebles, llevados a cabo por la Dirección de Bienes Patrimoniales del Estado del Ministerio de Economía y Finanzas, con fundamento en las licitaciones abreviadas por mejor valor No.2010016008AV001134; No. 2010016008AV000384; y, 201001608AV001130, en los años 2012 y 2013, y publicados por edictos, así como las que son objeto de recurso de reconsideración y de apelación y las que se encuentren bajo la consideración de la Corte Suprema de Justicia o en alguna etapa procesal no ejecutoriada. También se derogan todas las resoluciones de avalúo suspendidas mediante la Resolución No.8070416413 de 20 de noviembre de 2013, emitidas por la Dirección de Bienes Patrimoniales del Estado del Ministerio de Economía y Finanzas y publicadas en Gaceta Oficial No.27,424A del jueves 28 de noviembre de 2013, con independencia de la etapa procesal en que se encuentren, así como los recursos o las acciones que se hayan interpuesto en contra de estas, incluyendo aquellos incoados sobre bienes inmuebles que estén pagando un nuevo impuesto de inmuebles con fundamento en dichos reavalúos.

Ver artículo 89 de Ley 66 del año 2015

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Arturo González Cal

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