Artículo 84 - QUE REFORMA LA LEY 37 DE 2009, QUE DESCENTRALIZA LA ADMINISTRACION PUBLICA, Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.
Ley 66 del año 2015
República de Panamá
Artículo 84. La primera transferencia de la asignación en concepto de impuesto de inmuebles se hará de la totalidad de las sumas recaudadas, aplicadas las fórmulas descritas en la presente Ley, en enero de 2016. Esta norma aplica a todos los municipios, incluyendo el municipio de Colón, el corregimiento especial de Puerto Obaldía y los corregimientos especiales de las comarcas Kuna Yala, Madungandi y Wargandi.
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Artículo 85. Durante los primeros seis meses del 2016, los municipios que no cuenten con las instalaciones suficientes para que la Contraloría General de la República ejerza sus facultades constitucionales y legales de fiscalización deberán habilitarlas.
Ver artículo 85 de Ley 66 del año 2015
Artículo 86. El Programa Nacional para el Desarrollo Local (PRONADEL) estará adscrito a la Secretaría Nacional de Descentralización, que dispondrá de unidades técnicas a nivel provincial y comarcal para brindar asistencia, supervisión y acompañamiento en la ejecución de los aspectos operativos y financieros de los proyectos hasta que la Secretaría de Descentralización coordine su propia estructura administrativa y operativa. Capítulo V Disposiciones Finales
Ver artículo 86 de Ley 66 del año 2015
Artículo 87. La Dirección Nacional de Gobiernos Locales, dependencia del Ministerio de Gobierno, pasa a integrar la Secretaría Nacional de Descentralización del Ministerio de la Presidencia y, posteriormente, a la Autoridad Nacional de Descentralización cuando esta se constituya. Todo el recurso humano y los activos asignados a la Dirección Nacional de Gobiernos Locales serán asignados durante 2015 a la Secretaría Nacional de Descentralización del Ministerio de la Presidencia.
Ver artículo 87 de Ley 66 del año 2015
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