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Artículo 80 - QUE REFORMA LA LEY 37 DE 2009, QUE DESCENTRALIZA LA ADMINISTRACION PUBLICA, Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.

Ley 66 del año 2015

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 80. Se deroga el artículo 9 de la Ley 84 de 2012.

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Administración Pública


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Artículo 81. El artículo 11 de la Ley 84 de 2012 queda así: "Artículo 11 (transitorio). Los proyectos adjudicados, su ejecución, administración, supervisión, bienes, personal y partidas presupuestarias de inversión del Programa Nacional para el Desarrollo Local (PRONADEL), que no hayan concluido, pasarán a formar parte de la Secretaría Nacional de Descentralización. En el Programa de Desarrollo Comunitario (PRODEC), se mantendrán los saldos en el fideicomiso hasta el momento en que se haya de desembolsar el pago de los proyectos ejecutados correspondientes a los años 2012 y anteriores no ejecutados. Los saldos del Programa de Obras Comunitarias (POC), Programa de Inversión Local (PROINLO), Programa de Desarrollo Comunitario (PRODEC), Programa Nacional para el Desarrollo Local (PRONADEL) ya sean financieros o presupuestarios se transferirán a la Secretaría Nacional de Descentralización. El Ministerio de Economía y Finanzas garantizará únicamente la ejecución, administración, supervisión, bienes y el pago de los proyectos existentes adjudicados al 31 de diciembre de 2014 del Programa de Desarrollo Municipal (PRODEM). La partida de funcionamiento hasta la vigencia 2015 del PRONADEL pasará a la Dirección de Planificación Regional del Ministerio de Economía y Finanzas. "

Ver artículo 81 de Ley 66 del año 2015

Artículo 82. A partir de la entrada en vigencia de esta Ley, la Secretaría Nacional de Descentralización, en coordinación con las entidades rectoras del Estado y dentro de los noventa días siguientes, adoptará los manuales y reglamentos de gestión interna necesarios para dar eficacia a lo dispuesto en la presente Ley.

Ver artículo 82 de Ley 66 del año 2015

Artículo 83. Todos los proyectos adjudicados, su ejecución, administración, supervisión, bienes y partidas presupuestarias de inversión del Programa de Desarrollo Municipal (PRODEM) que finalizó el 31 de diciembre de 2014, así como la partida de funcionamiento hasta la vigencia del Programa Nacional para el Desarrollo Local (PRONADEL), pasarán a la Dirección de Planificación Regional del Ministerio de Economía y Finanzas hasta su terminación. Los proyectos adjudicados y en ejecución que fueron gestionados en los Concejos Municipales del Programa Nacional para el Desarrollo Local (PRONADEL) hasta el 31 de diciembre de 2015 pasarán a formar parte de la Secretaría Nacional de Descentralización para darles continuidad hasta su terminación. Los saldos financieros de las Cuentas Oficiales Corriente MEFPRONADELCONCEJO MUNICIPAL, respectivos, que no estén adjudicados hasta el 31 de diciembre de 2015, serán transferidos a las cuentas de las juntas comunales y alcaldías en coordinación con la Secretaría Nacional de Descentralización.

Ver artículo 83 de Ley 66 del año 2015

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