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Artículo 77 - QUE REORGANIZA EL BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.

Ley 123 del año 2013

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 77. El Banco mantendrá una gestión integral de riesgo en sus diferentes áreas técnicas y administrativas, a fin de minimizar los distintos tipos de riesgo a los que se encuentra expuesto, de acuerdo con la complejidad de sus operaciones, productos y servicios.

Palabras clave de éste artículo

bancoBanco Hipotecario Nacional


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Artículo 78. Todo el procedimiento administrativo del Banco será regido por la Ley 38 de 2000.

Ver artículo 78 de Ley 123 del año 2013

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Ver artículo 80 de Ley 123 del año 2013

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