Artículo 76 - Por el cual se centraliza en la Caja del Seguro Social la Cobertura Obligatoria de los Riesgos Profesionales para todos los trabajadores del Estado y de las Empresas Particulares que operan en la República
República de Panamá
Artículo 76. La Caja de Seguro Social establecerá un Centro de Rehabilitación y Readaptación Profesional, el cual deberá estar en condiciones de prestar dichos servicios a toda la población del país, en las condiciones que establece el Reglamento que se dictará al efecto.
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