Artículo 72 - SOBRE DOCUMENTOS NEGOCIABLES (LETRAS DE CAMBIO, PAGARES Y CHEQUES).
Ley 52 del año 1917
República de Panamá
Artículo 72. Para que la presentación al pago sea suficiente deberá hacerse por el tenedor o por alguna persona autorizada a recibir el pago en nombre de aquél; en hora conveniente de cualquier día hábil; en el lugar propio, definido en esta ley, y a la persona primeramente responsable por el documento o si ésta estuviere ausente, o fuere inaccesible, a cualquiera que se hallare en el lugar donde la presentación se hiciese.
Palabras clave de éste artículo
salario
Explora otros artículos de esta norma
Artículo 73. La presentación al pago se tendrá por hecha en lugar propio en los siguientes casos: 1. Cuando el lugar del pago esté designado en el documento y éste fuere allí presentado; 2. Cuando no estando designado dicho lugar, la dirección de la persona que deba hacer el pago esté consignada en el documento y éste fuere presentado allí; 3. Cuando no estando designado el lugar del pago ni constando en el documento dirección alguna, se presentare en la oficina o el domicilio habituales de la persona que deba hacer el pago; y, 4. En cualquier otro caso, si fuere presentado a la persona que deba hacer el pago donde quiera que pueda ser hallada o si se presentare en su oficina o domicilio últimamente conocidos.
Ver artículo 73 de Ley 52 del año 1917
Artículo 74. El documento deberá ser exhibido a la persona de quien se requiera el pago, y cuando fuere pagado, deberá entregarse a la que efectuó dicho pago.
Ver artículo 74 de Ley 52 del año 1917
Artículo 75. Cuando el documento fuere pagadero por un banco, la presentación al pago deberá ser hecha durante las horas fijadas para operaciones de esta clase por el banco, a menos que la persona que deba hacerlo no tenga allí fondos para ello en todo el día, caso en que será suficiente la presentación a cualquier hora antes de cerrarse el banco dicho día.
Ver artículo 75 de Ley 52 del año 1917
Abogados Expertos relacionados 
Buscar algo específico en las normas de Panamá