Artículo 6 - QUE CREA EL CORREGIMIENTO RODRIGO LUQUE, SEGREGADO DE LOS CORREGIMIENTOS SANTIAGO Y CANTO DEL LLANO, DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA DE VERAGUAS.
Ley 21 del año 2014
República de Panamá
Artículo 6. El Ministerio de Gobierno, la Comisión Nacional de Límites, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Instituto Nacional de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República y el Instituto Geográfico Nacional Tommy Guardia deberán brindar el asesoramiento necesario para la creación de esta nueva división política.
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