Artículo 583 - Código de La Familia
República de Panamá
Artículo 583. Son derechos sociales de la familia: 1. La estabilidad y unidad familiar; 2. El trabajo y salario suficientes para una decorosa subsistencia familiar; 3. El acceso a la vivienda digna y acorde a sus necesidades; 4. La protección económica a través de incentivos fiscales, seguridad social y otros; 5. La protección jurídica a las explotaciones familiares en los diversos sectores productivos (agricultura, comercio, industria, servicios); 6. Disfrute del tiempo libre que favorezca al cultivo de los valores familiares, morales y culturales; 7. Los servicios de atención, asesoría y orientación familiar; y 8. Los servicios públicos de educación y cultura.
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