Buscador inteligente de Normas de Panamá

Artículo 501 - Código Civil

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 501. Si el usufructuario concurriere con el propietario al seguro de un predio dado en usufructo, continuará aquél, en caso de siniestro, en el goce del nuevo edificio si se construyere, o percibirá los intereses del precio del seguro, si la reedificación no conviniere al propietario. Si el propietario se hubiere negado a contribuir al seguro del predio, constituyéndolo por si solo el usufructuario, adquirirá éste el derecho de recibir por entero, en caso de siniestro, el precio del seguro, pero con la obligación de invertirlo en la reedificación de la finca. Si el usufructuario se hubiese negado a contribuir al seguro, constituyéndolo por sí solo el propietario, percibirá éste íntegro el precio del seguro, en caso de siniestro, salvo siempre el derecho concedido al usufructuario en el Artículo anterior.

Palabras clave de éste artículo

pólizaderecho


Explora otros artículos de esta norma

Artículo 502. Si la cosa usufructuada fuere expropiada por causa de utilidad pública, el propietario estará obligado, o bien a subrogarla con otra de igual valor y análogas condiciones, o bien a abonar al usufructuario el interés legal del importe de la indemnización por todo el tiempo que deba durar el usufructo. Si el propietario optare por lo último, deberá afianzar el pago de los créditos.

Ver artículo 502 de Código Civil

Artículo 503. El usufructo no se extingue por el mal uso de la cosa usufructuada; pero si el abuso infiriese considerable perjuicio al propietario, podrá éste pedir que se le entregue la cosa, obligándose a pagar anualmente al usufructuario el producto líquido de la misma, después de deducir los gastos y el premio que se le asigne por su administración.

Ver artículo 503 de Código Civil

Artículo 504. El usufructo constituído en provecho de varias personas vivas al tiempo de su constitución, no se extinguirá hasta la muerte de la última que sobreviviere.

Ver artículo 504 de Código Civil


Buscar algo específico en las normas de Panamá