Artículo 35 - QUE CREA LA AUTORIDAD DE ASEO URBANO Y DOMICILIARIO Y ADOPTA DISPOSICIONES PARA LA EFICACIA DE SU GESTION.
Ley 51 del año 2010
República de Panamá
Artículo 35. Se reconoce la situación crítica de la recolección, transporte y disposición de los residuos sólidos en el área metropolitana, en consecuencia se autoriza al Órgano Ejecutivo para que adopte, desde la entrada en vigencia de la presente Ley, las medidas fiscales y presupuestarias que garanticen la gestión integral de los residuos sólidos en el área mencionada.
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