Artículo 34 - QUE REFORMA LA LEY 9 DE 1994, QUE ESTABLECE Y REGULA LA CARRERA ADMINISTRATIVA, Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.
Ley 23 del año 2017
República de Panamá
Artículo 34. Se autoriza a la Dirección General de Carrera Administrativa y la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional para preparar un texto único de la Ley 9 de 1994, que contenga todas las reformas de las que haya sido objeto hasta el presente, en forma de numeración consecutiva, comenzando desde el artículo 1. El texto único también incluirá cualquiera otra modificación que se adopte antes de su publicación en Gaceta Oficial. La Dirección General de Carrera Administrativa queda facultada, en la preparación del Texto Único, para: Realizar los ajustes implicados por las modificaciones, adiciones y derogaciones aprobadas hasta el momento, respecto de la Ley 9 del 1994. Introducir todo tipo de ajuste de referencia cruzada o cita que resulte necesaria. Realizar los ajustes formales y estructurales del texto único de la Ley 9 de 1994, de acuerdo con la técnica legislativa. Una vez preparado del texto único, será adoptado mediante decreto ejecutivo y publicado en la Gaceta Oficial.
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