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Artículo 31 - QUE ESTABLECE LA POLITICA BASURA CERO Y UN MARCO DE ACCION PARA LA GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS, Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.

Ley 33 del año 2018

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 31. Se prohíbe la importación y el movimiento transfronterizo en el territorio nacional de residuos peligrosos o potencialmente peligrosos, radioactivos y bioinfecciosos, incluyendo la importación de los productos y sus partes que estén vencidos o dañados, de acuerdo con las autoridades sanitarias de su país de origen, independiente de su presentación, así como aquellos cuyo registro haya sido cancelado en su país de origen o hayan llegado al final de su vida útil. Esta disposición no aplica a los desechos hospitalarios, ni a buques y su carga que en navegación internacional hacia destino fuera de la República de Panamá naveguen por el canal de Panamá, sin visitar puertos nacionales ni hacer trasbordo de carga de buque a buque en aguas territoriales, los cuales están sujetos a las normas de la Autoridad del Canal de Panamá.

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Artículo 32. Serán repatriados los residuos o los productos que hayan sido importados sin autorización o contraviniendo prohibiciones y regulaciones de la normativa vigente, a costa del importador.

Ver artículo 32 de Ley 33 del año 2018

Artículo 33. Previa autorización del municipio correspondiente, los residuos deberán ser entregados o recolectados por un gestor autorizado para su valorización, en cuyo caso corresponde a este la propiedad y la responsabilidad de su manejo. Cuando se trate de residuos de manejo especial, la entidad sectorial competente deberá declarar los residuos de manejo especial que serán separados de la corriente normal para ser sujetos de una gestión diferenciada y evitar que ocasionen daños a la salud y al ambiente.

Ver artículo 33 de Ley 33 del año 2018

Artículo 34. El Estado, a través de las entidades competentes, establecerá las metas para la eliminación de los productos o envases posconsumo desechables o de un solo uso, priorizando la eliminación de los envases de poliestireno expandido. Además, emitirá los criterios técnicos para sustituir su uso por envases de material compostable, ecosustentable o biodegradable, amigables con el ambiente. El comercio en general deberá adoptar estas disposiciones y promover el uso de envases reutilizables.

Ver artículo 34 de Ley 33 del año 2018

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