Artículo 3 - QUE DECLARA CONJUNTO MONUMENTAL HISTORICO LOS SITIOS Y LAS EDIFICACIONES SITUADOS EN UN POLIGONO UBICADO EN LOS CORREGIMIENTOS DE CALIDONIA Y ANCON.
Ley 33 del año 2006
República de Panamá
Artículo 3. Se declaran monumentos históricos nacionales los espacios abiertos públicos que comprenden: 1. La plaza José Remón Cantera. 2. La plaza 5 de Mayo. 3. La plaza Mahatma Gandhi.
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