Artículo 25 - SOBRE EL MERCADO DE VALORES EN LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Y LA SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
República de Panamá
Artículo 25. Tarifas de registro. Las personas que soliciten los siguientes registros o licencias a la Superintendencia estarán sujetas al pago de las siguientes tarifas: 13 Ofertas públicas de valores sujetos a registro de acuerdo con el numeral 1 del artículo 115 del Decreto Ley 1 de 1999 o de instrumentos derivados, 0.015% del precio inicial de oferta de los valores, con un mínimo de quinientos balboas (B/.500.00) y un máximo de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00). No obstante, las ofertas públicas de programas rotativos de valores sujetos a registro, de acuerdo con el numeral 1 del artículo 115 del Decreto Ley 1 de 1999, pagarán 0.030% del precio inicial de oferta de los valores, con un mínimo de quinientos balboas (B/.500.00) y un máximo de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00). Los valores ofrecidos por el Estado públicamente en la República de Panamá, los valores de deuda soberana extranjera y los valores de deuda de organismos multilaterales no estarán sujetos al pago de esta tarifa. Los valores previamente registrados y autorizados en jurisdicciones reconocidas por la Superintendencia no causarán el pago de la tarifa de registro. Valores sujetos a registro de acuerdo con el numeral 2 del artículo 115 del Decreto Ley 1 de 1999 y los valores que fueron objeto de oferta privada y se solicite su registro, 0.015% del capital pagado de la sociedad, correspondiente al cierre del año fiscal anterior a la presentación de la solicitud, con un mínimo de quinientos balboas (B/.500.00) y un máximo de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00). Notificación de Oferta Pública de Compra de Acciones, diez mil balboas (B/.10,000.00). Sociedad de inversión, dos mil quinientos balboas (B/.2,500.00). Esta tarifa se computará por sociedad de inversión y no por los fondos o subfondos que esta pueda tener. Modificación de términos y condiciones de una emisión, mil balboas (B/.1,000.00). No se entenderá como modificación a los términos y condiciones de una emisión el aumento del monto de esta. Registro de sociedades con accionistas extranjeros de conformidad con el artículo 150 del Decreto Ley 1 de 1999, diez mil balboas (B/.10,000.00). Licencia de Bolsa de Valores u otras bolsas, veinticinco mil balboas (B/.25,000.00). Licencia de Central de Valores, veinticinco mil balboas (B/.25,000.00). Licencia de Casa de Valores, diez mil balboas (B/.10,000.00). Licencia de Asesor de Inversiones, cinco mil balboas (B/.5,000.00). Licencia de Administrador de Inversiones, diez mil balboas (B/.10,000.00). Licencia de Proveedor de Servicios Administrativos del Mercado de Valores, diez mil balboas (B/.10,000.00). Registro de Entidad Calificadora de Riesgo, cinco mil balboas (B/.5,000.00). Registro de Entidad Proveedora de Precios, cinco mil balboas (B/.5,000.00). Licencia de Ejecutivo Principal, trescientos balboas (B/.300.00). Licencia de Ejecutivo Principal de Administrador de Inversiones, trescientos balboas (B/.300.00). Licencia de Corredor de Valores y Analista, trescientos balboas (B/.300.00). 14 Solicitud de Terminación de Registro de Valores y de Sociedades de Inversión, quinientos balboas (B/.500.00). Cancelación de Licencias de Ejecutivo Principal, de Ejecutivo Principal de Administrador de Inversiones, de Corredor de Valores y Analista, ciento cincuenta balboas (B/.150.00). Cancelación de Licencias de Bolsa de Valores y de otras bolsas, dos mil quinientos balboas (B/.2,500.00). Cancelación de Licencia de Central de Valores, dos mil quinientos balboas (B/.2,500.00). Cancelación de Licencia de Casas de Valores, dos mil quinientos balboas (B/.2,500.00). Cancelación de Licencia de Administrador de Inversiones, dos mil quinientos balboas (B/.2,500.00). Cancelación de Licencia de Asesor de Inversiones, mil balboas (B/.1,000.00). Cancelación de Registro de Entidad Calificadora de Riesgo o Entidad Proveedora de Precios, quinientos balboas (B/.500.00). Cancelación de Licencia de Proveedor de Servicios Administrativos del Mercado de Valores, quinientos balboas (B/.500.00). Solicitud de cambio de control accionario de entidades con licencia expedida por la Superintendencia, quinientos balboas (B/.500.00). Autenticaciones de documentos, dos balboas (B/.2.00) por cada página. Certificaciones en general, diez balboas (B/.10.00). Derecho a examen para optar por las Licencias de Corredor de Valores y Analista, de Ejecutivo Principal y de Ejecutivo Principal de Administrador de Inversiones, cien balboas (B/.100.00) por cada examen aplicado. Toda renovación de licencia permitida por la Superintendencia pagará una tarifa de renovación igual al monto de la tarifa de registro aplicable.
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