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Artículo 25 - QUE AGILIZA EL PROCESO DE APERTURA DE EMPRESAS Y ESTABLECE OTRAS DISPOSICIONES.

Ley 5 del año 2007

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 25. Derogación y verificación de inscripción. Queda derogada toda disposición legal o reglamentaria que exija la presentación de la licencia o del registro comercial o industrial para la realización de algún trámite ante las diversas instituciones de la Administración Pública. Las instituciones de la Administración Pública deberán acceder directamente al Sistema PANAMAEMPRENDE, para verificar la inscripción de la persona natural o jurídica que solicita el trámite, así como los datos correspondientes a dicha persona y la identificación clara y específica de la actividad comercial, industrial o de servicios.

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trámiteAdministración Públicapersona natural


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