Artículo 23 - QUE REGULA LA PROFESION DE LAS CIENCIAS BIOLOGICAS.
Ley 17 del año 2009
República de Panamá
Artículo 23. El Consejo establecerá la reglamentación para reconocer los títulos, otros estudios acreditados y/o ejecutorias que serán reconocidas como equivalentes al de la carrera de Ciencias Biológicas para pasar de categoría, y la experiencia laboral para pasar de grado, a fin de promover el mejoramiento profesional respecto al escalafón.
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