Artículo 22 - POR LA CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS SOBRE PESOS Y DIMENSIONES DE LOS VEHICULOS DE CARGA QUE CIRCULAN POR LAS VIAS PUBLICAS.
Ley 10 del año 1989
República de Panamá
Artículo 22. La carga debe asegurarse firmemente con aditamentos que cumplan con las especificaciones adecuadas para la misma.
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