Buscador inteligente de Normas de Panamá

Artículo 1547 - Código Civil

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 1547. (Artículo Derogado).

Palabras clave de éste artículo



Explora otros artículos de esta norma

Artículo 1548. Son requisitos esenciales a los contratos de prenda e hipoteca: 1. Que se constituya para asegurar el cumplimiento de una obligación principal; 2. Que la cosa pignorada o hipotecada pertenezca en propiedad al que la empeña o hipoteca; 3. Que las personas que constituyan la prenda o hipoteca tengan la libre disposición de sus bienes o, en caso de no tenerla, se hallen legalmente autorizadas al efecto. Las terceras personas extrañas a la obligación principal pueden asegurar ésta, pignorando o hipotecando sus propios bienes.

Ver artículo 1548 de Código Civil

Artículo 1549. Es también de esencia de estos contratos que, vencida la obligación principal, puedan ser enajenadas las cosas en que consiste la prenda o hipoteca para pagar al acreedor.

Ver artículo 1549 de Código Civil

Artículo 1550. El acreedor no puede apropiarse las cosas dadas en prenda o hipoteca, ni disponer de ellas.

Ver artículo 1550 de Código Civil


Buscar algo específico en las normas de Panamá