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Artículo 1126 - Código Civil

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Artículo 1126. Los contratos sin causa o con causa ilícita, no producen efecto alguno. Es ilícita la causa cuando se opone a las leyes o a la moral.

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contratocausa


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Artículo 1127. La expresión de una causa falsa en los contratos dará lugar a la nulidad, si no se probase que estaban fundados en otra verdadera y lícita.

Ver artículo 1127 de Código Civil

Artículo 1128. Aunque la causa no se exprese en el contrato, se presume que existe y que es lícita mientras el deudor no pruebe lo contrario.

Ver artículo 1128 de Código Civil

Artículo 1129. Los contratos serán obligatorios siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez.

Ver artículo 1129 de Código Civil


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