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Artículo 1104 - Código Civil

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Artículo 1104. Las presunciones son legales o judiciales. Las que la ley establece, dispensan de toda prueba a los favorecidos por ella, pero admiten prueba en contrario. Las que deduce el Tribunal, deberán ser graves, precisas y concordantes.

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Artículo 1105. Contrato o convenio es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser de una o muchas personas.

Ver artículo 1105 de Código Civil

Artículo 1106. Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a la ley, a la moral ni al orden público.

Ver artículo 1106 de Código Civil

Artículo 1107. La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.

Ver artículo 1107 de Código Civil


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